Ser autónomo en Canarias: descubre cómo hacerlo

Si estás pensando en mudarte al archipiélago y trabajar por tu cuenta, probablemente te preguntes cómo ser autónomo en Canarias. ¿Necesitas hacer algún trámite especial? En este artículo te contamos todos los pasos a seguir. Desde la Asesoría Fernández Trujillo, estamos a tu disposición para ofrecerte la orientación necesaria para establecerte, legalmente, en las islas.

¿Qué se necesita para ser autónomo en Canarias?

Tanto si te vas a mudar al archipiélago, como si ya estás residiendo en las islas y quieres trabajar por cuenta propia, es necesario cubrir una serie de requisitos para ser autónomo en Canarias. ¿Qué pasos y trámites debes seguir?

Darse de alta como autónomo en Canarias

El primer paso es darse de alta como autónomo en Canarias, un trámite que resulta indispensable si quieres trabajar por cuenta propia en cualquier parte de España. Una vez que te hayas dado de alta, tendrás una serie de obligaciones con Hacienda, así como con la Seguridad Social.

Darse de alta en Canarias como autónomo, aunque similar que en la península, tiene algunas particularidades. El primer paso es presentar los modelos 036 o 037, según sea el caso. Pero, además, en Canarias hay que aportar el modelo 400. Aquí no sólo se indica la actividad a realizar, sino que es imprescindible señalar el régimen del IGIC al que perteneces. Recuerda que el IGIC es el equivalente al IVA en Canarias.

Como autónomo se paga el IGIC y el IRPF

El IGIC es el análogo al IVA, pero, aunque guardan similitudes, no son iguales. Si eres autónomo en Canarias y acabas de empezar tu negocio, puedes acogerte al Régimen de Pequeño Empresario y no pagar IGIC hasta superar los 30.000 euros.

El alta en la Seguridad Social

Cada mes, en la cuenta que hayas indicado, se te hará el cargo de la cuota como autónomo en Canarias. Cuidado, es importante mantener un saldo para poder pagar y evitar intereses o recargos. ¿Cuánto se paga de cuota de autónomos en Canarias?

El régimen de autónomos ha sufrido diferentes modificaciones este año. Una de las más destacables, en lo que a Canarias respecta, es que los autónomos pagarán una «Cuota Cero». Esta cuota se aplica a los autónomos que se hayan dado de alta durante el 2023 en el archipiélago. Por lo tanto, en enero de 2024, se hará un reintegro en todas las cotizaciones de los trabajadores por cuenta propia.

En Canarias, los autónomos pagarán la «Cuota Cero» durante los primeros 12 meses, que podrán ampliarse si se ha tenido un rendimiento inferior al SMI. El principal requisito para poder acogerse a la «Cuota Cero» es ser beneficiario de la tarifa plana de 80 euros mensuales, una cuota que pagan ahora todos los nuevos autónomos.

Si no puedes beneficiarte de la «Cuota Cero», entonces tendrás que pagar alrededor de 230 euros al mes. Una cuota que, en 2024, puede reducirse hasta 225 euros. La idea es que ahora todos los trabajadores paguen en función de lo que realmente perciben. En cualquiera de los casos, es necesario que aportes una cuenta de la que seas el titular para que la Seguridad Social pueda hacer el cargo.

Licencia de apertura

Si eres autónomo en Canarias y vas a abrir un negocio, entonces debes hacer un trámite especial. Se trata de la licencia de apertura que debes solicitar al Ayuntamiento. Este es un permiso para iniciar una actividad profesional y en el local en el que se va a desarrollar dicha actividad. Entre otros, el local debe encontrarse en óptimas condiciones y cumplir la normativa para la actividad específica.

Los impuestos de los autónomos en Canarias

Cuando te das de alta como autónomo en Canarias, te vuelves sujeto de obligaciones tributarias, es decir, pago de impuestos. Los impuestos se presentan con cierta periodicidad: IGIC, IRPF y otros que dependen de tu actividad. La fiscalidad es muy compleja y cambiante.

Para que te hagas una idea, hoy en día, el Ministerio de Hacienda quiere implementar una iniciativa que puede eximir a ciertos autónomos de la obligación de pagar el IVA (IGIC, en este caso). A esta propuesta se le conoce como IVA franquiciado y es una política fiscal que se encuentra en vías de desarrollo, por lo que te aconsejamos estar al pendiente del tema. En lo que la situación se resuelve, te recomendamos tener presente algunas fechas.

Para ser autónomo en Canarias es necesario darse de alta

Para los pagos trimestrales, ten presentes los meses de enero, abril, julio y octubre. En enero, además, debes presentar la declaración anual y, en febrero, el modelo 347. Por otra parte, no olvides que de abril a junio es imprescindible presentar el IRPF. Si eres autónomo en Canarias es necesario presentar el modelo 415. ¿Lo mejor que puedes hacer? Acercarte a una asesoría para llevar el trámite en condiciones y evitar multas.

Dependiendo de la actividad profesional que desempeñes, serás acreedor de ciertas obligaciones tributarias. Las más comunes son:

IGIC o IVA canario

Si vas a pagar el IGIC se abona una diferencia entre el IGIC de tus ingresos y el de tus gastos. Cuando sale a compensar o a favor, entonces se guarda para el próximo trimestre y, en el cuarto trimestre (cierre de año), es posible pedir una devolución. Cuando tu actividad está exenta de IGIC, si te has acogido a un régimen especial o al de Pequeño Empresario, entonces no será necesario presentarlo.

Autónomo en Canarias: el modelo 130

Cada año, las personas físicas deben presentar el IRPF. En Canarias, tendrás que pagar, aproximadamente, un 20% del beneficio, es decir, los ingresos menos los gastos. Este 20% varía según la actividad profesional que desempeñes, así como las retenciones que hayas aplicado en tus facturas mensuales. La renta, como se conoce al IRPF, debe pagarse entre abril y junio y es posible recibir una bonificación.

Impuestos de comercio a distancia

Si tienes un negocio que vende en línea a la península, cuidado. Las ventas que se hacen de Canarias al resto de la península no llevan ni IGIC ni IVA, sin embargo, cuando la mercancía entra en la península, sí se paga el IVA. Generalmente, este importe lo paga el cliente.

Hay algunos autónomos que se hacen cargo del impuesto a través del «Régimen de Ventas a Distancia». Para acogerte a este régimen de negocio, es necesario darse de alta con el modelo 035. En este caso, el vendedor se hace cargo del pago del IVA de importación, y no el cliente final. Mucho cuidado, pues si te acoges a este régimen, es necesario presentar el modelo 369 de forma trimestral cuando hagas la liquidación del IVA.

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